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Fiscalidad

Calendario fiscal para pymes en Francia

Las fechas que una SAS o una SARL en Francia no puede olvidar en el año: IVA, pagos a cuenta y liquidación del impuesto sobre sociedades, liasse fiscale, CFE y DSN.

Por Tobias VogelSocio fundador / ExauditorPublicado el 1 de noviembre de 20262 min de lectura

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Una SAS o una SARL en Francia con el ejercicio igual al año natural tiene citas fijas: el IVA cada mes o trimestre, cuatro pagos a cuenta del impuesto sobre sociedades, la liasse fiscale en mayo y la CFE en diciembre. A eso se suma la DSN de las nóminas cada mes. Aquí tienes el año entero y lo que necesitamos de ti antes de cada fecha.

El año de un vistazo

Calendario fiscal de una sociedad sujeta al impuesto sobre sociedades en Francia con el ejercicio igual al año natural
CuándoQué venceQué necesitamos de ti
15 de marzoPago a cuenta del impuesto sobre sociedades (acompte d’IS)Nada: lo calculamos con el resultado del último ejercicio. Si el impuesto no llega a 3000 €, no hay pagos a cuenta.
Segundo día hábil tras el 1 de mayoDeclaración anual del impuesto sobre sociedades (liasse fiscale 2065) y, en el régimen simplificado de IVA, la declaración anual (CA12)El cierre del año: inventario, facturas pendientes y extractos de diciembre.
15 días más por vía telemáticaPlazo de la liasse fiscale presentada por vía telemática (EDI)Nada más: la presentamos nosotros.
15 del cuarto mes tras el cierre: 15 de mayoPago de la liquidación del impuesto sobre sociedades del año anterior (solde d’IS)Nada: sale del cierre que ya hemos hecho.
Seis meses tras el cierre: 30 de junioAprobación de las cuentas anuales por los socios (en una SAS, en el plazo de sus estatutos, casi siempre el mismo) y depósito en el registro en el mes siguienteTu visto bueno a las cuentas que preparamos.
15 de junioPago a cuenta del impuesto sobre sociedades (acompte d’IS)Nada: lo calculamos con el resultado del último ejercicio. Si el impuesto no llega a 3000 €, no hay pagos a cuenta.
15 de septiembrePago a cuenta del impuesto sobre sociedades (acompte d’IS)Nada: lo calculamos con el resultado del último ejercicio. Si el impuesto no llega a 3000 €, no hay pagos a cuenta.
15 de diciembrePago a cuenta del impuesto sobre sociedades (acompte d’IS)Nada: lo calculamos con el resultado del último ejercicio. Si el impuesto no llega a 3000 €, no hay pagos a cuenta.
15 de diciembreImpuesto local de empresas (cotisation foncière des entreprises, CFE)Nada: el aviso llega a tu espacio profesional de impots.gouv.fr.
Cada mes o trimestre, entre el 15 y el 24 del mes siguiente (el día exacto depende de tu empresa)Declaración de IVA (CA3) y pagoFacturas y extractos del periodo antes del día 3.
Cada mes, el día 5 (50 empleados o más) o el 15 (menos de 50)Declaración social nominativa (DSN) y pago de las cotizaciones del mes anteriorLas altas, bajas y cambios del mes.

IVA: entre el 15 y el 24

En el régimen real normal, la declaración de IVA (CA3) se presenta y se paga cada mes, entre el 15 y el 24 del mes siguiente. El día exacto depende de tu empresa y aparece en tu espacio profesional de impots.gouv.fr.

Desde el 1 de enero de 2027 desaparece el régimen simplificado. Las empresas con un volumen de hasta 1 M€ el año anterior (y 1,1 M€ en el año en curso) declararán el IVA cada trimestre; por encima, cada mes. La última declaración anual del régimen simplificado (CA12 de 2026) vence el 4 de mayo de 2027.

Impuesto sobre sociedades

  • Pagos a cuenta (acomptes): 15 de marzo, 15 de junio, 15 de septiembre y 15 de diciembre. No se pagan si el impuesto de referencia no supera 3000 €.
  • Liquidación (solde): el 15 del cuarto mes tras el cierre, es decir, el 15 de mayo.
  • Liasse fiscale: el segundo día hábil tras el 1 de mayo, con 15 días más por vía telemática. En 2026, el 5 y el 20 de mayo.

CFE y cuentas anuales

  • CFE: el impuesto local de empresas vence el 15 de diciembre. El aviso llega a tu espacio profesional.
  • Cuentas anuales: se aprueban en los seis meses siguientes al cierre (en una SAS, en el plazo de sus estatutos) y se depositan en el greffe en el mes siguiente, o en dos meses por vía electrónica.

Nóminas: la DSN

La declaración social nominativa se presenta cada mes, el día 5 si tienes 50 empleados o más, y el 15 si tienes menos. Con ella se pagan las cotizaciones del mes anterior.

Qué necesitamos de ti

La regla es sencilla: los documentos de cada periodo antes del día 3 del mes siguiente. Facturas emitidas y recibidas, extractos bancarios y contratos nuevos. Con eso presentamos el IVA y la DSN a tiempo y tus números están al día.

Si trabajas con nosotros, no tienes que recordar ninguna de estas fechas: te escribimos antes de cada una con lo que necesitamos y hasta cuándo.

Datos comprobados en fuentes oficiales el 1 de noviembre de 2026. Cambian cada año: confírmalos antes de actuar.

Fuentes oficiales

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