Una SAS o una SARL en Francia con el ejercicio igual al año natural tiene citas fijas: el IVA cada mes o trimestre, cuatro pagos a cuenta del impuesto sobre sociedades, la liasse fiscale en mayo y la CFE en diciembre. A eso se suma la DSN de las nóminas cada mes. Aquí tienes el año entero y lo que necesitamos de ti antes de cada fecha.
El año de un vistazo
| Cuándo | Qué vence | Qué necesitamos de ti |
|---|---|---|
| 15 de marzo | Pago a cuenta del impuesto sobre sociedades (acompte d’IS) | Nada: lo calculamos con el resultado del último ejercicio. Si el impuesto no llega a 3000 €, no hay pagos a cuenta. |
| Segundo día hábil tras el 1 de mayo | Declaración anual del impuesto sobre sociedades (liasse fiscale 2065) y, en el régimen simplificado de IVA, la declaración anual (CA12) | El cierre del año: inventario, facturas pendientes y extractos de diciembre. |
| 15 días más por vía telemática | Plazo de la liasse fiscale presentada por vía telemática (EDI) | Nada más: la presentamos nosotros. |
| 15 del cuarto mes tras el cierre: 15 de mayo | Pago de la liquidación del impuesto sobre sociedades del año anterior (solde d’IS) | Nada: sale del cierre que ya hemos hecho. |
| Seis meses tras el cierre: 30 de junio | Aprobación de las cuentas anuales por los socios (en una SAS, en el plazo de sus estatutos, casi siempre el mismo) y depósito en el registro en el mes siguiente | Tu visto bueno a las cuentas que preparamos. |
| 15 de junio | Pago a cuenta del impuesto sobre sociedades (acompte d’IS) | Nada: lo calculamos con el resultado del último ejercicio. Si el impuesto no llega a 3000 €, no hay pagos a cuenta. |
| 15 de septiembre | Pago a cuenta del impuesto sobre sociedades (acompte d’IS) | Nada: lo calculamos con el resultado del último ejercicio. Si el impuesto no llega a 3000 €, no hay pagos a cuenta. |
| 15 de diciembre | Pago a cuenta del impuesto sobre sociedades (acompte d’IS) | Nada: lo calculamos con el resultado del último ejercicio. Si el impuesto no llega a 3000 €, no hay pagos a cuenta. |
| 15 de diciembre | Impuesto local de empresas (cotisation foncière des entreprises, CFE) | Nada: el aviso llega a tu espacio profesional de impots.gouv.fr. |
| Cada mes o trimestre, entre el 15 y el 24 del mes siguiente (el día exacto depende de tu empresa) | Declaración de IVA (CA3) y pago | Facturas y extractos del periodo antes del día 3. |
| Cada mes, el día 5 (50 empleados o más) o el 15 (menos de 50) | Declaración social nominativa (DSN) y pago de las cotizaciones del mes anterior | Las altas, bajas y cambios del mes. |
IVA: entre el 15 y el 24
En el régimen real normal, la declaración de IVA (CA3) se presenta y se paga cada mes, entre el 15 y el 24 del mes siguiente. El día exacto depende de tu empresa y aparece en tu espacio profesional de impots.gouv.fr.
Desde el 1 de enero de 2027 desaparece el régimen simplificado. Las empresas con un volumen de hasta 1 M€ el año anterior (y 1,1 M€ en el año en curso) declararán el IVA cada trimestre; por encima, cada mes. La última declaración anual del régimen simplificado (CA12 de 2026) vence el 4 de mayo de 2027.
Impuesto sobre sociedades
- Pagos a cuenta (acomptes): 15 de marzo, 15 de junio, 15 de septiembre y 15 de diciembre. No se pagan si el impuesto de referencia no supera 3000 €.
- Liquidación (solde): el 15 del cuarto mes tras el cierre, es decir, el 15 de mayo.
- Liasse fiscale: el segundo día hábil tras el 1 de mayo, con 15 días más por vía telemática. En 2026, el 5 y el 20 de mayo.
CFE y cuentas anuales
- CFE: el impuesto local de empresas vence el 15 de diciembre. El aviso llega a tu espacio profesional.
- Cuentas anuales: se aprueban en los seis meses siguientes al cierre (en una SAS, en el plazo de sus estatutos) y se depositan en el greffe en el mes siguiente, o en dos meses por vía electrónica.
Nóminas: la DSN
La declaración social nominativa se presenta cada mes, el día 5 si tienes 50 empleados o más, y el 15 si tienes menos. Con ella se pagan las cotizaciones del mes anterior.
Qué necesitamos de ti
La regla es sencilla: los documentos de cada periodo antes del día 3 del mes siguiente. Facturas emitidas y recibidas, extractos bancarios y contratos nuevos. Con eso presentamos el IVA y la DSN a tiempo y tus números están al día.
Si trabajas con nosotros, no tienes que recordar ninguna de estas fechas: te escribimos antes de cada una con lo que necesitamos y hasta cuándo.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 1 de noviembre de 2026. Cambian cada año: confírmalos antes de actuar.



