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Fiscalidad

Calendario fiscal para pymes en Alemania

Las fechas que una GmbH o un autónomo en Alemania no puede olvidar en el año: IVA, pagos a cuenta, retenciones sobre salarios, Seguridad Social y declaraciones anuales.

Por Tobias VogelSocio fundador / ExauditorPublicado el 29 de octubre de 20262 min de lectura

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Una GmbH o un autónomo en Alemania con el ejercicio igual al año natural tiene citas fijas: la declaración previa del IVA, los pagos a cuenta, las retenciones sobre salarios y la Seguridad Social. A eso se suman las declaraciones anuales en verano y la publicación de las cuentas. Aquí tienes el año entero y lo que necesitamos de ti antes de cada fecha.

El año de un vistazo

Calendario fiscal de una GmbH o un autónomo en Alemania con el ejercicio igual al año natural
CuándoQué venceQué necesitamos de ti
Día 10 tras el fin del trimestreIVA del 4.º trimestre: declaración previa (Umsatzsteuer-Voranmeldung) y pagoFacturas y extractos de octubre a diciembre antes del día 3.
15 de febreroPago a cuenta del impuesto industrial al municipio (Gewerbesteuer)Nada: el importe lo fija el municipio.
Hasta finales de febreroCertificados anuales de retenciones (Lohnsteuerbescheinigung) de cada empleado a HaciendaNada nuevo: salen de las nóminas que ya llevamos.
10 de marzoPagos a cuenta del impuesto sobre la renta o de sociedades (Einkommensteuer, Körperschaftsteuer)Nada: el importe lo fija Hacienda en su liquidación.
Día 10 tras el fin del trimestreIVA del 1.er trimestre: declaración previa (Umsatzsteuer-Voranmeldung) y pagoFacturas y extractos de enero a marzo antes del día 3.
15 de mayoPago a cuenta del impuesto industrial al municipio (Gewerbesteuer)Nada: el importe lo fija el municipio.
10 de junioPagos a cuenta del impuesto sobre la renta o de sociedades (Einkommensteuer, Körperschaftsteuer)Nada: el importe lo fija Hacienda en su liquidación.
Día 10 tras el fin del trimestreIVA del 2.º trimestre: declaración previa (Umsatzsteuer-Voranmeldung) y pagoFacturas y extractos de abril a junio antes del día 3.
Hasta el 31 de julio (con asesor fiscal, finales de febrero del año siguiente)Declaraciones anuales del año anterior: IVA, renta o sociedades e impuesto industrialEl cierre del año y tus datos personales, si eres autónomo.
15 de agostoPago a cuenta del impuesto industrial al municipio (Gewerbesteuer)Nada: el importe lo fija el municipio.
10 de septiembrePagos a cuenta del impuesto sobre la renta o de sociedades (Einkommensteuer, Körperschaftsteuer)Nada: el importe lo fija Hacienda en su liquidación.
Día 10 tras el fin del trimestreIVA del 3.er trimestre: declaración previa (Umsatzsteuer-Voranmeldung) y pagoFacturas y extractos de julio a septiembre antes del día 3.
15 de noviembrePago a cuenta del impuesto industrial al municipio (Gewerbesteuer)Nada: el importe lo fija el municipio.
12 meses tras el cierre: 31 de diciembrePublicación de las cuentas anuales de la GmbH en el Registro de Empresas (Unternehmensregister)Las cuentas anuales aprobadas.
10 de diciembrePagos a cuenta del impuesto sobre la renta o de sociedades (Einkommensteuer, Körperschaftsteuer)Nada: el importe lo fija Hacienda en su liquidación.
Cada mes, hasta el día 10 del mes siguienteDeclaración y pago de las retenciones de salario (Lohnsteuer-Anmeldung; trimestral si son pocas)Las altas, bajas y cambios del mes.
Cada mes, el antepenúltimo día bancario hábilCotizaciones a la Seguridad Social del mes en cursoNada: las calculamos con las nóminas.

IVA: hasta el día 10

La declaración previa del IVA (Umsatzsteuer-Voranmeldung) se presenta y se paga hasta el día 10 tras el fin del periodo:

  • Trimestral, si el IVA del año anterior estuvo entre 2000 y 9000 €.
  • Mensual, si superó los 9000 €.
  • Si fue de 2000 € como máximo, Hacienda puede eximirte de las declaraciones previas.

Con una prórroga permanente (Dauerfristverlängerung) el plazo se amplía. El pequeño empresario (facturación del año anterior de 25 000 € como máximo y del año en curso de 100 000 € como máximo) no repercute IVA.

Pagos a cuenta

  • Impuesto sobre la renta o de sociedades: 10 de marzo, 10 de junio, 10 de septiembre y 10 de diciembre, por el importe que fija Hacienda.
  • Impuesto municipal sobre actividades (Gewerbesteuer): 15 de febrero, 15 de mayo, 15 de agosto y 15 de noviembre, al ayuntamiento.

Nóminas: retenciones y Seguridad Social

  • Declaración de retenciones (Lohnsteuer-Anmeldung): hasta el día 10 tras el periodo. Mensual si las retenciones del año anterior superaron 5000 €; trimestral entre 1080 y 5000 €; anual por debajo.
  • Cotizaciones a la Seguridad Social: el antepenúltimo día hábil bancario del mes trabajado.
  • Certificados de retenciones (Lohnsteuerbescheinigungen): hasta finales de febrero, a Hacienda.

Declaraciones anuales y cuentas

  • Declaraciones del año anterior (IVA, renta o sociedades, Gewerbesteuer): hasta el 31 de julio. Con asesor fiscal el plazo es más largo, hasta finales de febrero del segundo año siguiente.
  • Cuentas anuales: una GmbH pequeña las formula en seis meses y las publica como tarde doce meses después del cierre en el registro de empresas.

Presentar tarde puede costar un recargo: en las declaraciones anuales, el 0,25 % del impuesto por cada mes o fracción, con un mínimo de 25 €.

Qué necesitamos de ti

La regla es sencilla: los documentos de cada periodo antes del día 3 del mes siguiente. Facturas emitidas y recibidas, extractos bancarios y contratos nuevos. Con eso presentamos el IVA y las retenciones a tiempo y tus números están al día.

Si trabajas con nosotros, no tienes que recordar ninguna de estas fechas: te escribimos antes de cada una con lo que necesitamos y hasta cuándo.

Datos comprobados en fuentes oficiales el 29 de octubre de 2026. Cambian cada año: confírmalos antes de actuar.

Fuentes oficiales

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