Una GmbH o un autónomo en Alemania con el ejercicio igual al año natural tiene citas fijas: la declaración previa del IVA, los pagos a cuenta, las retenciones sobre salarios y la Seguridad Social. A eso se suman las declaraciones anuales en verano y la publicación de las cuentas. Aquí tienes el año entero y lo que necesitamos de ti antes de cada fecha.
El año de un vistazo
| Cuándo | Qué vence | Qué necesitamos de ti |
|---|---|---|
| Día 10 tras el fin del trimestre | IVA del 4.º trimestre: declaración previa (Umsatzsteuer-Voranmeldung) y pago | Facturas y extractos de octubre a diciembre antes del día 3. |
| 15 de febrero | Pago a cuenta del impuesto industrial al municipio (Gewerbesteuer) | Nada: el importe lo fija el municipio. |
| Hasta finales de febrero | Certificados anuales de retenciones (Lohnsteuerbescheinigung) de cada empleado a Hacienda | Nada nuevo: salen de las nóminas que ya llevamos. |
| 10 de marzo | Pagos a cuenta del impuesto sobre la renta o de sociedades (Einkommensteuer, Körperschaftsteuer) | Nada: el importe lo fija Hacienda en su liquidación. |
| Día 10 tras el fin del trimestre | IVA del 1.er trimestre: declaración previa (Umsatzsteuer-Voranmeldung) y pago | Facturas y extractos de enero a marzo antes del día 3. |
| 15 de mayo | Pago a cuenta del impuesto industrial al municipio (Gewerbesteuer) | Nada: el importe lo fija el municipio. |
| 10 de junio | Pagos a cuenta del impuesto sobre la renta o de sociedades (Einkommensteuer, Körperschaftsteuer) | Nada: el importe lo fija Hacienda en su liquidación. |
| Día 10 tras el fin del trimestre | IVA del 2.º trimestre: declaración previa (Umsatzsteuer-Voranmeldung) y pago | Facturas y extractos de abril a junio antes del día 3. |
| Hasta el 31 de julio (con asesor fiscal, finales de febrero del año siguiente) | Declaraciones anuales del año anterior: IVA, renta o sociedades e impuesto industrial | El cierre del año y tus datos personales, si eres autónomo. |
| 15 de agosto | Pago a cuenta del impuesto industrial al municipio (Gewerbesteuer) | Nada: el importe lo fija el municipio. |
| 10 de septiembre | Pagos a cuenta del impuesto sobre la renta o de sociedades (Einkommensteuer, Körperschaftsteuer) | Nada: el importe lo fija Hacienda en su liquidación. |
| Día 10 tras el fin del trimestre | IVA del 3.er trimestre: declaración previa (Umsatzsteuer-Voranmeldung) y pago | Facturas y extractos de julio a septiembre antes del día 3. |
| 15 de noviembre | Pago a cuenta del impuesto industrial al municipio (Gewerbesteuer) | Nada: el importe lo fija el municipio. |
| 12 meses tras el cierre: 31 de diciembre | Publicación de las cuentas anuales de la GmbH en el Registro de Empresas (Unternehmensregister) | Las cuentas anuales aprobadas. |
| 10 de diciembre | Pagos a cuenta del impuesto sobre la renta o de sociedades (Einkommensteuer, Körperschaftsteuer) | Nada: el importe lo fija Hacienda en su liquidación. |
| Cada mes, hasta el día 10 del mes siguiente | Declaración y pago de las retenciones de salario (Lohnsteuer-Anmeldung; trimestral si son pocas) | Las altas, bajas y cambios del mes. |
| Cada mes, el antepenúltimo día bancario hábil | Cotizaciones a la Seguridad Social del mes en curso | Nada: las calculamos con las nóminas. |
IVA: hasta el día 10
La declaración previa del IVA (Umsatzsteuer-Voranmeldung) se presenta y se paga hasta el día 10 tras el fin del periodo:
- Trimestral, si el IVA del año anterior estuvo entre 2000 y 9000 €.
- Mensual, si superó los 9000 €.
- Si fue de 2000 € como máximo, Hacienda puede eximirte de las declaraciones previas.
Con una prórroga permanente (Dauerfristverlängerung) el plazo se amplía. El pequeño empresario (facturación del año anterior de 25 000 € como máximo y del año en curso de 100 000 € como máximo) no repercute IVA.
Pagos a cuenta
- Impuesto sobre la renta o de sociedades: 10 de marzo, 10 de junio, 10 de septiembre y 10 de diciembre, por el importe que fija Hacienda.
- Impuesto municipal sobre actividades (Gewerbesteuer): 15 de febrero, 15 de mayo, 15 de agosto y 15 de noviembre, al ayuntamiento.
Nóminas: retenciones y Seguridad Social
- Declaración de retenciones (Lohnsteuer-Anmeldung): hasta el día 10 tras el periodo. Mensual si las retenciones del año anterior superaron 5000 €; trimestral entre 1080 y 5000 €; anual por debajo.
- Cotizaciones a la Seguridad Social: el antepenúltimo día hábil bancario del mes trabajado.
- Certificados de retenciones (Lohnsteuerbescheinigungen): hasta finales de febrero, a Hacienda.
Declaraciones anuales y cuentas
- Declaraciones del año anterior (IVA, renta o sociedades, Gewerbesteuer): hasta el 31 de julio. Con asesor fiscal el plazo es más largo, hasta finales de febrero del segundo año siguiente.
- Cuentas anuales: una GmbH pequeña las formula en seis meses y las publica como tarde doce meses después del cierre en el registro de empresas.
Presentar tarde puede costar un recargo: en las declaraciones anuales, el 0,25 % del impuesto por cada mes o fracción, con un mínimo de 25 €.
Qué necesitamos de ti
La regla es sencilla: los documentos de cada periodo antes del día 3 del mes siguiente. Facturas emitidas y recibidas, extractos bancarios y contratos nuevos. Con eso presentamos el IVA y las retenciones a tiempo y tus números están al día.
Si trabajas con nosotros, no tienes que recordar ninguna de estas fechas: te escribimos antes de cada una con lo que necesitamos y hasta cuándo.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 29 de octubre de 2026. Cambian cada año: confírmalos antes de actuar.
Fuentes oficiales
- Umsatzsteuergesetz (§ 18, Voranmeldung), Bundesamt für Justiz
- Abgabenordnung (§§ 108, 149, 152), Bundesamt für Justiz
- Einkommensteuergesetz (§§ 37, 41a, 41b), Bundesamt für Justiz
- Gewerbesteuergesetz (§ 19, Vorauszahlungen), Bundesamt für Justiz
- Sozialgesetzbuch IV (§ 23, Fälligkeit), Bundesamt für Justiz
- Handelsgesetzbuch (§ 325, Offenlegung), Bundesamt für Justiz



