Una SRL o un autónomo en Italia con el ejercicio igual al año natural tiene citas fijas: el F24 del día 16 cada mes, el IVA trimestral, el saldo de los impuestos en junio y las declaraciones anuales en octubre. Aquí tienes el año entero y lo que necesitamos de ti antes de cada fecha.
El año de un vistazo
| Cuándo | Qué vence | Qué necesitamos de ti |
|---|---|---|
| Finales de febrero | Comunicación de las liquidaciones de IVA del 4.º trimestre (LIPE) | Nada nuevo: sale de las liquidaciones que ya hacemos. |
| 16 de marzo | Saldo del IVA del año anterior, con el 4.º trimestre si liquidas por trimestres | Facturas y extractos de octubre a diciembre antes del día 3 del mes siguiente. |
| 16 de marzo | Certificado anual de retenciones (Certificazione Unica) a la Agencia y a cada empleado | Nada nuevo: sale de las nóminas que ya llevamos. |
| Del 1 de febrero al 30 de abril | Declaración anual de IVA del año anterior | Nada nuevo: sale de la contabilidad del año. |
| 16 del segundo mes tras el trimestre | IVA del 1.er trimestre: liquidación y pago (F24), con el 1 % de interés | Facturas y extractos de enero a marzo antes del día 3 del mes siguiente. |
| 31 de mayo | Comunicación de las liquidaciones de IVA del 1.er trimestre (LIPE) | Nada nuevo: sale de las liquidaciones que ya hacemos. |
| Último día del sexto mes tras el cierre: 30 de junio (o 30 días después, con el 0,40 %) | Saldo del año anterior y primer pago a cuenta (acconto) de IRES o IRPEF e IRAP | Nada: sale del cierre que ya hemos hecho. |
| 20 de agosto | IVA del 2.º trimestre: liquidación y pago (F24), con el 1 % de interés | Facturas y extractos de abril a junio antes del día 3 del mes siguiente. |
| 30 de septiembre | Comunicación de las liquidaciones de IVA del 2.º trimestre (LIPE) | Nada nuevo: sale de las liquidaciones que ya hacemos. |
| Diez meses tras el cierre: 31 de octubre | Declaraciones anuales del año anterior: impuesto sobre sociedades o renta (Redditi SC o PF) e IRAP | El cierre del año y tus datos personales, si eres autónomo. |
| 31 de octubre | Declaración anual de las retenciones practicadas (modelo 770) | Nada nuevo: sale de las nóminas que ya llevamos. |
| 16 del segundo mes tras el trimestre | IVA del 3.er trimestre: liquidación y pago (F24), con el 1 % de interés | Facturas y extractos de julio a septiembre antes del día 3 del mes siguiente. |
| 30 de noviembre | Comunicación de las liquidaciones de IVA del 3.er trimestre (LIPE) | Nada nuevo: sale de las liquidaciones que ya hacemos. |
| Último día del undécimo mes tras el cierre: 30 de noviembre | Segundo pago a cuenta (acconto) de IRES o IRPEF e IRAP | Nada: lo calculamos con la declaración del año. |
| Cada mes, hasta el día 16 | Pago (F24) de las retenciones y de las cotizaciones al INPS del mes anterior | Las altas, bajas y cambios del mes. |
IVA: mensual o trimestral
- Mensual: liquidación y pago con F24 hasta el día 16 del mes siguiente.
- Trimestral por opción, si tu volumen no supera 500 000 € en servicios u 800 000 € en otras actividades: 16 de mayo, 20 de agosto y 16 de noviembre, con un 1 % de interés. El 4.º trimestre se paga con el saldo anual, el 16 de marzo.
- Comunicación LIPE: el último día del segundo mes tras cada trimestre (el 2.º trimestre, el 30 de septiembre).
- Declaración anual de IVA: del 1 de febrero al 30 de abril.
Impuestos sobre la renta e IRAP
- Saldo y primer pago a cuenta (acconto): el último día del sexto mes tras el cierre, el 30 de junio, o en los 30 días siguientes con un 0,40 % más.
- Segundo acconto: el 30 de noviembre.
- Declaraciones Redditi e IRAP: el último día del décimo mes tras el cierre, el 31 de octubre.
Nóminas
- F24 mensual: retenciones y cotizaciones al INPS hasta el día 16 del mes siguiente.
- Certificazione Unica: a la Agencia y a cada empleado hasta el 16 de marzo.
- Modelo 770: hasta el 31 de octubre.
Qué necesitamos de ti
La regla es sencilla: los documentos de cada periodo antes del día 3 del mes siguiente. Facturas emitidas y recibidas, extractos bancarios y contratos nuevos. Con eso pagamos el F24 a tiempo y tus números están al día.
Si trabajas con nosotros, no tienes que recordar ninguna de estas fechas: te escribimos antes de cada una con lo que necesitamos y hasta cuándo.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 1 de noviembre de 2026. Cambian cada año: confírmalos antes de actuar.



